{"id":1663,"date":"2015-06-30T20:28:04","date_gmt":"2015-06-30T20:28:04","guid":{"rendered":"https:\/\/judicialconductboardofpa.org\/seleccion-de-disposiciones-de-la-constitucion-de-la-commonwealth-de-pensilvania\/"},"modified":"2023-06-08T19:31:42","modified_gmt":"2023-06-08T19:31:42","slug":"seleccion-de-disposiciones-de-la-constitucion-de-la-commonwealth-de-pensilvania","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/judicialconductboardofpa.org\/es\/seleccion-de-disposiciones-de-la-constitucion-de-la-commonwealth-de-pensilvania\/","title":{"rendered":"Selecci\u00f3n de disposiciones de la Constituci\u00f3n de la Commonwealth de Pensilvania"},"content":{"rendered":"<h3><span style=\"text-decoration: underline;\">ART\u00cdCULO V<\/span><\/h3>\n<h4>1. SISTEMA JUDICIAL UNIFICADO<\/h4>\n<p>El poder judicial de la Mancomunidad ser\u00e1 conferido a un sistema judicial unificado que consistir\u00e1 en la Corte Suprema, la Corte Superior, la Corte de la Mancomunidad, las cortes de causas comunes, las cortes comunitarias, las cortes municipales y de tr\u00e1fico en la Ciudad de Filadelfia, aquellas otras cortes que puedan ser provistas por ley y los jueces de paz. Todos los tribunales y jueces de paz y su jurisdicci\u00f3n estar\u00e1n en este sistema judicial unificado.<\/p>\n<p><em>Adoptada el 23 de abril de 1968.<\/em><\/p>\n<h4>2. TRIBUNAL SUPREMO<\/h4>\n<p>El Tribunal Supremo (a) ser\u00e1 el m\u00e1s alto tribunal de la Commonwealth y en \u00e9l recaer\u00e1 el poder judicial supremo de la Commonwealth;<\/p>\n<p>(b) estar\u00e1 compuesta por siete jueces, uno de los cuales ser\u00e1 el Presidente del Tribunal Supremo; y<\/p>\n<p>(c) tendr\u00e1 la jurisdicci\u00f3n que establezca la ley.<\/p>\n<p><em>Adoptada el 23 de abril de 1968.  <\/em><\/p>\n<h4>10. ADMINISTRACI\u00d3N JUDICIAL<\/h4>\n<p>(a) La Corte Suprema ejercer\u00e1 la autoridad general de supervisi\u00f3n y administraci\u00f3n sobre todos los tribunales y jueces de paz, incluida la autoridad para asignar temporalmente jueces y jueces de paz de un tribunal o distrito a otro seg\u00fan lo considere apropiado.<\/p>\n<p>(b) La Corte Suprema nombrar\u00e1 a un administrador judicial y podr\u00e1 nombrar a los administradores subordinados y al personal que sea necesario y adecuado para la pronta y correcta disposici\u00f3n de los asuntos de todos los tribunales y jueces de paz.<\/p>\n<p>(c) La Corte Suprema tendr\u00e1 la facultad de prescribir reglas generales que rijan la pr\u00e1ctica, el procedimiento y la conducta de todos los tribunales, jueces de paz y todos los funcionarios que notifiquen procesos o ejecuten \u00f3rdenes, sentencias o decretos de cualquier tribunal de justicia de paz, incluyendo la facultad de disponer la asignaci\u00f3n y reasignaci\u00f3n de clases de acciones o clases de apelaciones entre los diversos tribunales seg\u00fan lo requieran las necesidades de la justicia, y para la admisi\u00f3n en el colegio de abogados y el ejercicio de la abogac\u00eda, as\u00ed como la administraci\u00f3n de todos los tribunales y la supervisi\u00f3n de todos los funcionarios del poder judicial, si tales normas son compatibles con esta Constituci\u00f3n y no reducen, ampl\u00edan ni modifican los derechos sustantivos de ning\u00fan litigante, ni afectan al derecho de la Asamblea General a determinar la jurisdicci\u00f3n de cualquier tribunal o juez de paz, ni suspenden ni alteran ninguna ley de prescripci\u00f3n o caducidad. Se suspender\u00e1n todas las leyes en la medida en que sean incompatibles con las normas prescritas en virtud de estas disposiciones.<\/p>\n<p><em>Adoptada el 23 de abril de 1968<\/em><\/p>\n<h4>16. REMUNERACI\u00d3N Y JUBILACI\u00d3N DE LOS JUECES, MAGISTRADOS Y JUECES DE PAZ<\/h4>\n<p>(b) Los magistrados, jueces y jueces de paz se jubilar\u00e1n al cumplir los 75 a\u00f1os de edad. Los magistrados, jueces y jueces de paz antiguos y jubilados recibir\u00e1n la compensaci\u00f3n que establezca la ley. Salvo lo dispuesto por la ley, no se pagar\u00e1 ning\u00fan salario, prestaci\u00f3n de jubilaci\u00f3n u otra compensaci\u00f3n, presente o diferida, a ning\u00fan magistrado, juez o juez de paz que, en virtud de la secci\u00f3n 18 o del art\u00edculo VI, sea suspendido, destituido o inhabilitado para ejercer un cargo judicial por condena de un delito grave o mala conducta en el cargo o conducta que perjudique la correcta administraci\u00f3n de justicia o desacredite el cargo judicial.<\/p>\n<p><em>Adoptada el 23 de abril de 1968. Modificado el 18 de mayo de 1993 y el 15 de mayo de 2001.<\/em><\/p>\n<h4>17. ACTIVIDADES PROHIBIDAS<\/h4>\n<p>(a) Los jueces y magistrados dedicar\u00e1n tiempo completo a sus deberes judiciales, y no se dedicar\u00e1n a la pr\u00e1ctica de la abogac\u00eda, no ocupar\u00e1n cargos en un partido pol\u00edtico u organizaci\u00f3n pol\u00edtica, ni ocupar\u00e1n un cargo o posici\u00f3n lucrativa en el gobierno de los Estados Unidos, el Estado Libre Asociado o cualquier corporaci\u00f3n municipal o subdivisi\u00f3n pol\u00edtica del mismo, excepto en el servicio armado de los Estados Unidos o el Estado Libre Asociado.<\/p>\n<p>(b) Los magistrados y jueces no participar\u00e1n en ninguna actividad prohibida por la ley y no violar\u00e1n ning\u00fan canon de \u00e9tica legal o judicial prescrito por la Corte Suprema. Los jueces de paz se regir\u00e1n por las normas o c\u00e1nones que prescriba el Tribunal Supremo.<\/p>\n<p>(c) Ning\u00fan magistrado, juez o juez de paz podr\u00e1 percibir o aceptar, por el desempe\u00f1o de una funci\u00f3n judicial o por cualquier servicio relacionado con su cargo, honorarios, emolumentos o gratificaciones que no sean el sueldo y los gastos previstos por la ley.<\/p>\n<p>(d) No se impondr\u00e1n por ley deberes a la Corte Suprema o a cualquiera de sus jueces o a la Corte Superior o a cualquiera de sus jueces, excepto aquellos que sean judiciales, ni ninguno de ellos ejercer\u00e1 ning\u00fan poder de nombramiento excepto seg\u00fan lo dispuesto en esta Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p><em>Adoptada el 23 de abril de 1968.  <\/em><\/p>\n<h4>18. SUSPENSI\u00d3N, DESTITUCI\u00d3N, DISCIPLINA Y OTRAS SANCIONES<\/h4>\n<p>(a) Habr\u00e1 una junta independiente dentro del Poder Judicial, conocida como la Junta de Conducta Judicial, cuya composici\u00f3n, poderes y deberes ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(1) La junta estar\u00e1 compuesta por 12 miembros, como sigue: dos jueces, que no sean jueces superiores, uno de los tribunales de causas comunes y el otro del Tribunal Superior o del Tribunal de la Commonwealth, un juez de paz que no necesita ser miembro del colegio de abogados del Tribunal Supremo, tres miembros no jueces del colegio de abogados del Tribunal Supremo y seis electores no abogados.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(2) El juez del Tribunal Superior o del Tribunal de la Commonwealth, el juez de paz, un miembro del colegio de abogados del Tribunal Supremo que no sea juez y tres electores que no sean abogados ser\u00e1n nombrados para la junta por el Tribunal Supremo. El Gobernador nombrar\u00e1 para la junta al juez de los tribunales de causas comunes, a dos miembros del colegio de abogados del Tribunal Supremo que no sean jueces y a tres electores que no sean abogados.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(3) Salvo en el caso de los nombramientos iniciales, cuyos mandatos se establecer\u00e1n en el anexo de este art\u00edculo, los miembros desempe\u00f1ar\u00e1n sus funciones durante cuatro a\u00f1os. Todos los miembros deben ser residentes de esta Commonwealth. No m\u00e1s de tres de los seis miembros designados por el Tribunal Supremo pueden estar inscritos en el mismo partido pol\u00edtico. No m\u00e1s de tres de los seis miembros nombrados por el Gobernador pueden estar inscritos en el mismo partido pol\u00edtico. La condici\u00f3n de miembro de un juez o juez de paz cesar\u00e1 si el miembro deja de desempe\u00f1ar el cargo judicial que le habilit\u00f3 para el nombramiento. La calidad de miembro se extinguir\u00e1 si un miembro alcanza un cargo que le habr\u00eda hecho inelegible para el nombramiento en el momento del nombramiento. La vacante ser\u00e1 cubierta por la respectiva autoridad facultada para proceder a los nombramientos por el tiempo restante del mandato para el que fue nombrado el miembro. Ning\u00fan miembro podr\u00e1 ocupar el cargo durante m\u00e1s de cuatro a\u00f1os consecutivos, pero podr\u00e1 ser reelegido tras el transcurso de un a\u00f1o. El Gobernador convocar\u00e1 al Consejo para su primera reuni\u00f3n. En esa reuni\u00f3n, y posteriormente cada a\u00f1o, los miembros del consejo elegir\u00e1n a un presidente. La Junta s\u00f3lo podr\u00e1 actuar con el acuerdo de la mayor\u00eda de sus miembros.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(4) Ning\u00fan miembro del consejo podr\u00e1, durante su mandato, ocupar cargos en un partido pol\u00edtico u organizaci\u00f3n pol\u00edtica. Salvo en el caso de un miembro judicial, ning\u00fan miembro del consejo podr\u00e1 ocupar, durante su mandato, un cargo p\u00fablico remunerado o un nombramiento p\u00fablico. Todos los miembros ser\u00e1n reembolsados de los gastos en que incurran necesariamente en el desempe\u00f1o de sus funciones oficiales.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(5) La junta prescribir\u00e1 las normas generales que rijan la conducta de los miembros. Un miembro puede ser destituido por la Junta Directiva por infracci\u00f3n de las normas que rigen la conducta de los miembros.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(6) La junta nombrar\u00e1 a un abogado jefe y a otro personal, preparar\u00e1 y administrar\u00e1 su propio presupuesto seg\u00fan lo dispuesto por la ley, ejercer\u00e1 autoridad supervisora y administrativa sobre todo el personal de la junta y las funciones de la junta, establecer\u00e1 y promulgar\u00e1 sus propias reglas de procedimiento, preparar\u00e1 y difundir\u00e1 un informe anual y tomar\u00e1 otras medidas que sean necesarias para garantizar su funcionamiento eficiente. La solicitud presupuestaria de la junta ser\u00e1 formulada por \u00e9sta como una partida separada en la solicitud presentada por el Tribunal Supremo en nombre del Poder Judicial a la Asamblea General.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(7) La junta recibir\u00e1 e investigar\u00e1 las quejas relativas a la conducta judicial presentadas por particulares o iniciadas por la junta; emitir\u00e1 citaciones para obligar al testimonio bajo juramento de testigos, incluido el sujeto de la investigaci\u00f3n, y para obligar a la producci\u00f3n de documentos, libros, cuentas y otros registros relevantes para la investigaci\u00f3n; determinar\u00e1 si existe causa probable para presentar cargos formales contra un juez, magistrado o juez de paz por conducta proscrita por esta secci\u00f3n; y presentar\u00e1 el caso en apoyo de los cargos ante el Tribunal de Disciplina Judicial.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(8) Las quejas presentadas ante la junta o iniciadas por la junta no ser\u00e1n informaci\u00f3n p\u00fablica. Las declaraciones, testimonios, documentos, registros u otra informaci\u00f3n o pruebas adquiridas por la junta en el desarrollo de una investigaci\u00f3n no ser\u00e1n informaci\u00f3n p\u00fablica. Un juez, magistrado o juez de paz que sea objeto de una queja presentada ante la junta o iniciada por la junta o de una investigaci\u00f3n llevada a cabo por la junta ser\u00e1 informado de la naturaleza y el contenido de la queja y se le dar\u00e1 la oportunidad de responder plenamente a la queja antes de cualquier determinaci\u00f3n de causa probable por parte de la junta. Todos los procedimientos de la junta ser\u00e1n confidenciales, excepto cuando el sujeto de la investigaci\u00f3n renuncie a la confidencialidad. Si, independientemente de cualquier acci\u00f3n de la junta, el hecho de que una investigaci\u00f3n de la junta est\u00e1 en curso se convierte en un asunto de dominio p\u00fablico, la junta puede, a petici\u00f3n del sujeto de la investigaci\u00f3n, emitir una declaraci\u00f3n para confirmar que la investigaci\u00f3n est\u00e1 en curso, para aclarar los aspectos procesales de los procedimientos, para explicar los derechos del sujeto de la investigaci\u00f3n a una audiencia justa sin prejuicios o para proporcionar la respuesta del sujeto de la investigaci\u00f3n a la queja. Al actuar para desestimar una denuncia por falta de causa probable para presentar cargos formales, la junta puede, a su discreci\u00f3n, emitir una declaraci\u00f3n o informe al denunciante o al sujeto de la denuncia, que puede contener la identidad del denunciante, la identidad del sujeto de la denuncia, el contenido y la naturaleza de la denuncia, las acciones tomadas en la realizaci\u00f3n de la investigaci\u00f3n y los resultados y conclusiones de la investigaci\u00f3n. La junta podr\u00e1 incluir en el informe una copia de la informaci\u00f3n o las pruebas obtenidas en el curso de la investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(9) Si la junta encuentra causa probable para presentar cargos formales relacionados con la incapacidad mental o f\u00edsica contra un juez, magistrado o juez de paz, la junta notificar\u00e1 al sujeto de los cargos y le proporcionar\u00e1 la oportunidad de renunciar al cargo judicial o, cuando sea apropiado, de ingresar en un programa de rehabilitaci\u00f3n antes de presentar los cargos formales ante el Tribunal de Disciplina Judicial.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(10) Los miembros del Consejo, as\u00ed como su asesor principal y su personal, gozar\u00e1n de inmunidad absoluta frente a demandas por cualquier conducta en el ejercicio de sus funciones oficiales. Ninguna acci\u00f3n civil o queja disciplinaria basada en la presentaci\u00f3n de una queja u otros documentos ante la junta o testimonio ante la junta puede ser mantenida contra cualquier denunciante, testigo o abogado.<\/p>\n<p>(b) Habr\u00e1 un Tribunal de Disciplina Judicial, cuya composici\u00f3n, poderes y deberes ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(1) El tribunal estar\u00e1 compuesto por un total de ocho miembros de la siguiente manera: tres jueces que no sean jueces superiores de los tribunales de causas comunes, el Tribunal Superior o el Tribunal de la Commonwealth, un juez de paz, dos miembros no jueces del colegio de abogados del Tribunal Supremo y dos electores no abogados. Dos jueces, el juez de paz y un elector no abogado ser\u00e1n nombrados para el tribunal por el Tribunal Supremo. Un juez, los dos miembros no jueces del colegio de abogados del Tribunal Supremo y un elector no abogado ser\u00e1n nombrados miembros del tribunal por el Gobernador.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(2) Salvo en el caso de las personas designadas inicialmente, cuyos mandatos se establecer\u00e1n en el anexo de este art\u00edculo, cada miembro desempe\u00f1ar\u00e1 sus funciones durante un per\u00edodo de cuatro a\u00f1os; no obstante, el miembro, y no su sucesor, seguir\u00e1 participando en cualquier audiencia en curso al final de su mandato. Todos los miembros deben ser residentes de esta Commonwealth. No m\u00e1s de dos de los miembros designados por el Tribunal Supremo pueden estar inscritos en el mismo partido pol\u00edtico. No m\u00e1s de dos de los miembros nombrados por el Gobernador pueden estar inscritos en el mismo partido pol\u00edtico. La condici\u00f3n de miembro de un juez o juez de paz cesar\u00e1 si el juez o juez de paz deja de desempe\u00f1ar el cargo judicial que le habilit\u00f3 para el nombramiento. La calidad de miembro se extinguir\u00e1 si un miembro alcanza un cargo que le habr\u00eda hecho inelegible para el nombramiento en el momento del nombramiento. Una vacante en el tribunal ser\u00e1 cubierta por la respectiva autoridad nominadora por el resto del mandato para el que fue nombrado el miembro de la misma manera en que se produjo el nombramiento original. Ning\u00fan miembro del tribunal podr\u00e1 desempe\u00f1ar su cargo durante m\u00e1s de cuatro a\u00f1os consecutivos, pero podr\u00e1 ser reelegido tras el transcurso de un a\u00f1o.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(3) El tribunal prescribir\u00e1 las normas generales que regir\u00e1n la conducta de los miembros. Un miembro puede ser destituido por el tribunal por violaci\u00f3n de las normas de conducta prescritas por el tribunal. Ning\u00fan miembro, durante su mandato, podr\u00e1 ocupar cargos en ning\u00fan partido pol\u00edtico u organizaci\u00f3n pol\u00edtica. Salvo en el caso de un miembro judicial, ning\u00fan miembro del tribunal podr\u00e1, durante su mandato, desempe\u00f1ar un cargo p\u00fablico remunerado o un nombramiento p\u00fablico. Todos los miembros del tribunal ser\u00e1n reembolsados de los gastos en que incurran necesariamente en el desempe\u00f1o de sus funciones oficiales.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(4) El tribunal nombrar\u00e1 al personal y preparar\u00e1 y administrar\u00e1 su propio presupuesto seg\u00fan lo dispuesto por la ley y emprender\u00e1 las acciones necesarias para garantizar su funcionamiento eficiente. Todas las acciones del tribunal, incluidas las disciplinarias, requerir\u00e1n la aprobaci\u00f3n por mayor\u00eda de votos de los miembros del tribunal. La solicitud presupuestaria del tribunal se har\u00e1 como partida separada en la solicitud del Tribunal Supremo en nombre del Poder Judicial a la Asamblea General. El tribunal adoptar\u00e1 normas para regular el desarrollo de los procedimientos ante el tribunal.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(5) Tras la presentaci\u00f3n de cargos formales ante el tribunal por parte de la junta, el tribunal programar\u00e1 sin demora una audiencia o audiencias para determinar si se debe imponer una sanci\u00f3n contra un juez, magistrado o juez de paz de conformidad con las disposiciones de esta secci\u00f3n. El tribunal ser\u00e1 un tribunal de registro, con todos los deberes y poderes correspondientes a su funci\u00f3n. Los cargos formales presentados ante el tribunal ser\u00e1n de dominio p\u00fablico. Todas las audiencias celebradas por el tribunal ser\u00e1n procedimientos p\u00fablicos realizados de conformidad con las normas adoptadas por el tribunal y de acuerdo con los principios del debido proceso y la ley de la prueba. Las partes que comparezcan ante el tribunal tendr\u00e1n derecho a la presentaci\u00f3n de pruebas de conformidad con las normas adoptadas por el tribunal y tendr\u00e1n derecho a citar testigos y a obligar a la presentaci\u00f3n de documentos, libros, cuentas y otros registros, seg\u00fan proceda. El sujeto de los cargos se presumir\u00e1 inocente en cualquier procedimiento ante el tribunal, y la junta tendr\u00e1 la carga de probar los cargos mediante pruebas claras y convincentes. Todas las decisiones del tribunal se har\u00e1n por escrito y contendr\u00e1n conclusiones de hecho y de derecho. La decisi\u00f3n del tribunal podr\u00e1 ordenar la destituci\u00f3n, suspensi\u00f3n, censura u otra medida disciplinaria autorizada por esta secci\u00f3n y justificada por el expediente.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(6) Los miembros del tribunal y el personal del tribunal gozar\u00e1n de inmunidad absoluta frente a demandas por cualquier conducta en el desempe\u00f1o de sus funciones oficiales, y no podr\u00e1 mantenerse contra ning\u00fan testigo o abogado ninguna acci\u00f3n civil o queja disciplinaria basada en un testimonio ante el tribunal.<\/p>\n<p>(c) Las decisiones del tribunal estar\u00e1n sujetas a revisi\u00f3n de la siguiente manera:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(1) Un juez, magistrado o juez de paz tendr\u00e1 derecho a apelar una orden disciplinaria final adversa del tribunal. Un juez o un juez de paz tendr\u00e1 derecho a apelar ante el Tribunal Supremo de forma coherente con las normas adoptadas por el Tribunal Supremo; un juez tendr\u00e1 derecho a apelar ante un tribunal especial compuesto por siete jueces, que no sean jueces superiores, elegidos por sorteo entre los jueces del Tribunal Superior y del Tribunal de la Commonwealth que no formen parte del Tribunal de Disciplina Judicial o de la junta, de forma coherente con las normas adoptadas por el Tribunal Supremo. El tribunal especial conocer\u00e1 y decidir\u00e1 el recurso de la misma manera en que el Tribunal Supremo conocer\u00eda y decidir\u00eda un recurso contra una orden del tribunal.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(2) En apelaci\u00f3n, el Tribunal Supremo del tribunal especial revisar\u00e1 el acta del procedimiento del tribunal de la siguiente manera: en cuanto al derecho, el alcance de la revisi\u00f3n es plenario; en cuanto a los hechos, el alcance de la revisi\u00f3n es claramente err\u00f3neo; y, en cuanto a las sanciones, el alcance de la revisi\u00f3n es si las sanciones impuestas fueron legales. El Tribunal Supremo o el tribunal especial podr\u00e1 revisar o rechazar una orden del tribunal si determina que la orden no se ajusta a este criterio de revisi\u00f3n; en caso contrario, el Tribunal Supremo o el tribunal especial confirmar\u00e1 la orden del tribunal.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(3) Una orden del tribunal que desestime una denuncia contra un juez o juez de paz podr\u00e1 ser recurrida por la junta ante el tribunal supremo, pero el recurso se limitar\u00e1 a cuestiones de derecho. Un auto del tribunal que desestime una demanda contra un juez del tribunal supremo podr\u00e1 ser recurrido por la junta ante un tribunal especial de conformidad con el apartado (1), pero el recurso se limitar\u00e1 a cuestiones de derecho.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(4) Ning\u00fan juez, magistrado o juez de paz podr\u00e1 participar como miembro de la junta, del tribunal, de un tribunal especial o del Tribunal Supremo en ning\u00fan procedimiento en el que el juez, magistrado o juez de paz sea denunciante, objeto de denuncia, parte o testigo.<\/p>\n<p>(d) Un juez, magistrado o juez de paz estar\u00e1 sujeto a medidas disciplinarias de conformidad con su secci\u00f3n de la siguiente manera:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(1) Un juez, magistrado o juez de paz puede ser suspendido, destituido de su cargo o sancionado disciplinariamente de cualquier otro modo por condena de un delito grave; violaci\u00f3n de la secci\u00f3n 17 de este art\u00edculo; mala conducta en el cargo; negligencia o incumplimiento de los deberes del cargo o conducta que perjudique la correcta administraci\u00f3n de justicia o desacredite el cargo judicial, independientemente de que la conducta se haya producido o no mientras actuaba en calidad de magistrado o est\u00e9 prohibida por la ley; o conducta en violaci\u00f3n de un canon o norma prescrita por el Tribunal Supremo. En el caso de un juez, magistrado o juez de paz mental o f\u00edsicamente discapacitado, el tribunal podr\u00e1 dictar una orden de destituci\u00f3n, jubilaci\u00f3n, suspensi\u00f3n u otras limitaciones de las actividades del juez, magistrado o juez de paz seg\u00fan lo justifique el expediente. Tras una orden definitiva del tribunal de suspensi\u00f3n sin sueldo o destituci\u00f3n, antes de cualquier apelaci\u00f3n, el juez, magistrado o juez de paz ser\u00e1 suspendido o destituido de su cargo; y el sueldo del juez, magistrado o juez de paz cesar\u00e1 a partir de la fecha de la orden.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(2) Antes de una audiencia, el tribunal puede emitir una orden provisional que ordene la suspensi\u00f3n, con o sin goce de sueldo, de cualquier juez, magistrado o juez de paz contra quien la junta haya presentado cargos formales ante el tribunal o contra quien se haya presentado una acusaci\u00f3n o informaci\u00f3n por un delito grave. Un auto provisional dictado en virtud del presente apartado no se considerar\u00e1 un auto definitivo contra el que pueda interponerse recurso.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(3) Un juez, magistrado o juez de paz condenado por mala conducta en el cargo por un tribunal, inhabilitado como miembro del colegio de abogados del Tribunal Supremo o destituido en virtud de esta secci\u00f3n, perder\u00e1 autom\u00e1ticamente su cargo judicial y a partir de entonces ser\u00e1 inelegible para el cargo judicial.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(4) Un juez, magistrado o juez de paz que se presente como candidato o sea elegido para cualquier cargo p\u00fablico que no sea un cargo judicial perder\u00e1 autom\u00e1ticamente su cargo judicial.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(5) Esta secci\u00f3n se a\u00f1ade a las disposiciones relativas a la destituci\u00f3n por mala conducta en el ejercicio del cargo contenidas en el Art\u00edculo VI y no las sustituye. Ning\u00fan magistrado, juez o juez de paz contra el que est\u00e9 pendiente un procedimiento de destituci\u00f3n en el Senado podr\u00e1 ejercer ninguna de las funciones de su cargo hasta que sea absuelto.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><em>Adoptada el 23 de abril de 1968. Modificado el 18 de mayo de 1993.  <\/em><\/p>\n<h3>ANEXO AL ART\u00cdCULO V<\/h3>\n<h4>24. DISCIPLINA JUDICIAL<\/h4>\n<p>(a) Los miembros de la Junta de Investigaci\u00f3n y Revisi\u00f3n Judicial dejar\u00e1n sus cargos 90 d\u00edas despu\u00e9s de la adopci\u00f3n de la enmienda a la secci\u00f3n 18 de este art\u00edculo, y todos los procedimientos pendientes ante la Junta de Investigaci\u00f3n y Revisi\u00f3n Judicial y todos los registros ser\u00e1n transferidos a la Junta de Conducta Judicial para procedimientos posteriores.<\/p>\n<p>(b) De los miembros nombrados inicialmente para el Consejo de Conducta Judicial, el juez nombrado por el Tribunal Supremo desempe\u00f1ar\u00e1 un mandato de cuatro a\u00f1os, y el juez nombrado por el Gobernador desempe\u00f1ar\u00e1 un mandato de tres a\u00f1os. El juez de paz nombrado inicialmente ejercer\u00e1 un mandato de dos a\u00f1os. De los tres miembros no magistrados del Colegio de Abogados del Tribunal Supremo nombrados inicialmente, el primero nombrado por el Gobernador desempe\u00f1ar\u00e1 un mandato de tres a\u00f1os, el siguiente nombrado por el Gobernador desempe\u00f1ar\u00e1 un mandato de dos a\u00f1os, y el miembro no magistrado del Colegio de Abogados del Tribunal Supremo nombrado por el Tribunal Supremo desempe\u00f1ar\u00e1 un mandato de un a\u00f1o. De los seis electores no abogados nombrados inicialmente, el primero designado por el Gobernador y el primero designado por el Tribunal Supremo desempe\u00f1ar\u00e1n un mandato de cuatro a\u00f1os, el siguiente designado por el Gobernador y el siguiente designado por el Tribunal Supremo desempe\u00f1ar\u00e1n un mandato de tres a\u00f1os, y el siguiente designado por el Gobernador y el siguiente designado por el Tribunal Supremo desempe\u00f1ar\u00e1n un mandato de dos a\u00f1os.<\/p>\n<p>(c) De los tres jueces designados inicialmente para el Tribunal de Disciplina Judicial, el primero designado por la Corte Suprema cumplir\u00e1 un mandato de cuatro a\u00f1os, el siguiente designado por la Corte Suprema cumplir\u00e1 un mandato de tres a\u00f1os, y el juez designado por el Gobernador cumplir\u00e1 un mandato de dos a\u00f1os. El juez de paz nombrado inicialmente tendr\u00e1 un mandato de un a\u00f1o. De los miembros del colegio de abogados que no sean jueces nombrados inicialmente, el primero ejercer\u00e1 un mandato de cuatro a\u00f1os y el siguiente un mandato de tres a\u00f1os. De los dos electores no abogados nombrados inicialmente, el elector no abogado nombrado por el Gobernador desempe\u00f1ar\u00e1 un mandato de tres a\u00f1os, y el elector no abogado nombrado por el Tribunal Supremo desempe\u00f1ar\u00e1 un mandato de dos a\u00f1os.<\/p>\n<p><em>Adoptada el 23 de abril de 1968. Modificado el 18 de mayo de 1993.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ART\u00cdCULO V 1. 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