Funcionamiento del Consejo

Cuando la Junta recibe una denuncia, su personal realiza una investigación preliminar. Durante esta fase, es posible que se le entreviste a usted y a otros testigos, y que se revisen documentos distintos de los aportados con su denuncia. Una vez que se disponga de información suficiente para concluir la investigación preliminar, la Junta en pleno examinará la denuncia.

En esta fase, el Consejo suele optar por:

  • Desestimar la denuncia porque es evidente que las alegaciones no justifican la adopción de medidas disciplinarias contra el juez acusado.
  • Autorizar una investigación completa para determinar si existen «pruebas claras y convincentes» de mala conducta que justifiquen la adopción de medidas disciplinarias contra el juez acusado.

Una vez realizada una investigación completa, la Junta toma otra decisión:

  • Desestimar la denuncia porque no existen «pruebas claras y convincentes» de mala conducta judicial.
  • Si la Junta considera que existen «pruebas claras y convincentes» de mala conducta judicial, puede presentar cargos formales contra el juez acusado ante el Tribunal de Disciplina Judicial.

Más información:

El proceso de reclamación:

  1. Denuncia ciudadana
  2. Consejo de Conducta Judicial
  3. La Junta investiga la denuncia. Si se justifica, presenta cargos contra el juez acusado ante el Tribunal de Disciplina Judicial.
  4. Tribunal de Disciplina Judicial
  5. El Tribunal conoce de las acusaciones formales presentadas contra un juez por la Junta y decide si impone o no una sanción disciplinaria.
  6. El juez sometido a disciplina puede apelar ante el Tribunal Supremo de Pensilvania o, si se trata de un Juez del Tribunal Supremo, ante un Tribunal Especial.
  7. Tribunal Supremo de Pensilvania/Tribunal Especial